EJEMPLO DE UN REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL (ECUADOR)

INDICE


 

 

 

 

 

 

 

POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

La empresa FRANIRON S.A. se encuentra ubicada en Milagro siendo su actividad la metalmecánica que es una empresa que ayuda al desarrollo del país y determina su política de seguridad en lo  siguiente, con el fin de evidenciar su interés y ayudar a brindar a los trabajadores a que laboren en un puesto de trabajo seguro, y cumplir con las leyes legalmente vigentes en el país:
a)    Se compromete a cumplir todas las leyes ecuatorianas.
b)    Adecuar todos los puestos de trabajo para brindar una actividad segura.
c)    Se compromete a brindar todos los recursos humanos, técnicos y financieros para cumplir lo que determina la normativa legal vigente.
d)    Se compromete a brindar la capacitación y formación en materia de seguridad y salud.
e)    Entregar el reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo para difusión de su política.
f)     Se compromete la empresa a realizar las auditorías internas de seguridad y salud en el trabajo.
g)    La empresa se compromete a realizar las inspecciones de riesgo y controlarlo.
h)   Se compromete al mejoramiento continuo de todas las actividades de materia de seguridad y salud en el trabajo.






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Gerencia de FRANIRON S.A.

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO  DE

FRANIRON S.A

RAZON SOCIAL

FRANIRON S.A

ACTIVIDAD ECONOMICA

Metalmecánica, la empresa se dedica a trabajos de soldadura, torneado y fresado, para todos tipos de clientes, además de realizar trabajos a empresas que contraten nuestros servicios.

DOMICILIO

La empresa está ubicada Vía al km 26 pasando la Universidad estatal de milagro después del rancho Oasis.

OBJETIVOS DEL REGLAMENTO

a)    Propiciar un área de trabajo seguro a todos los trabajadores de la empresa FRANIRON.
b)    Mejorar los programas de seguridad y salud en el trabajo.
c)    Coordinar las acciones de Seguridad y Salud en el trabajo con los organismos reguladores: Ministerio de Relaciones Laborales y el Instituto de Seguridad Social.
d)    Identificar, evaluar, eliminar y disminuir los riesgos profesionales presentes en la empresa por puesto de trabajo.
e)    Crear una mejor relación entre empleador y trabajador mediante reuniones, comités y otros tipos de comunicación directa o indirecta.
f)     Mostrar el compromiso esencial de la empresa con el fin de cumplir con su responsabilidad social no solo con los trabajadores, tomando en cuenta también la comunidad ubicada alrededor del centro de trabajo.
g)    Respetar los derechos de los trabajadores como personas y como talento humano de la empresa siguiendo las normas y directrices establecidas por los entes reguladores.

CAPITULO I

DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS

Articulo 1.- OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR


a)    Desarrollar la política empresarial de la empresa tomando en cuenta los requerimientos de la misma, basándose en los documento legales vigentes y en cooperación con los jefes de cada área de trabajo, además de contar con un delegado representantes de los trabajadores;
b)    Informar a los trabajadores de forma oportuna todos los acontecimientos ocurridos en la empresa en materia de Seguridad y Salud en el trabajo, esto consiste en: proporcionar a los trabajadores de un ejemplar de este reglamento, ubicar en lugares accesibles una copia de la política empresarial de la empresa, realizar reuniones periódicas con todos los trabajadores de la empresa;
c)    Dotar de los recursos necesarios tanto técnicos como administrativos que potencialicen el mejoramiento de la seguridad de los trabajadores dentro de la empresa;
d)    Contratar o nombrar a alguien con conocimientos en la materia de seguridad y salud en el trabajo como responsable de la seguridad y salud en el trabajo; organizara la conformación del comité paritario  de Seguridad e Higiene, proporcionara servicios de enfermería dentro de la empresa;
e)    Realizar la matriz de riesgo por puesto de trabajo por medio de un técnico calificado en materia de seguridad y trabajo, identificando y evaluando los riesgos presentes dentro de la empresa utilizando métodos calificados como óptimos según la legislación vigente en el estado ecuatoriano;
f)     Propiciar el control correspondiente y apropiado de todos los factores de riesgos encontrados durante la realización de la matriz de riesgo, para ello se realizara estos controles en la etapa de planeación y diseño, en  la fuente, el medio de transmisión y el receptor, los cuales tendrán factibilidad técnico legal enfocándose primordialmente en la protección colectiva;
g)     Fomentar el diseño de nuevas metodologías de la realización de los procesos dentro la empresa con el fin de reducir y eliminar todas aquellas actividades que presenten riesgo al trabajador si hay la posibilidad, o modificarlas para que se reduzcan los riesgos;
h)   Documentar todos los accidentes de trabajos ocurridos por parte de la actividad de la empresa dentro de las horas de trabajo, así como los incidentes, las enfermedades ocupacionales, los riesgos presenciados durante la evaluación y los controles correspondientes, presentar los documentos de los accidentes de trabajo a la entidad reguladora con competencia en este proceso, además de ser proporcionada a trabajadores y empleadores de la empresa;
i)     Proporcionar a los trabajadores la información correspondiente acerca de los riesgo presentes en la empresa, y realizar capacitaciones y/o adiestramientos necesarios para que estos puedan desarrollar su actividad con la mayor efectividad posible;
j)      Diseñar los puestos de trabajo de acuerdo a las necesidades presentadas por los trabajadores según los exámenes de salud realizados, tomando especial consideración en la ergonomía y bienestar físico de ellos, para ello se dotara de los recursos necesarios para el control y mejoramiento de los puestos de trabajo;
k)    Este reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo será revisado cada año por el comité de seguridad e higiene, y se someterá a la mejora continua con el fin de no descuidar ningún factor de riesgo que se presente durante el avance del desarrollo de la empresa;
l)     Ofrecer el mantenimiento necesario a la maquinaria, herramientas, instalación y edificio de la empresa a fin de brindar a los trabajadores la seguridad adecuada para realizar su actividad de forma segura;
m)  Entregar de forma gratuita a todos los trabajadores la vestimenta adecuada para realizar su trabajo así como  los equipos de protección personal y colectivos,
n)   Se realizaran capacitaciones de formación en materia de seguridad y salud de trabajo para todos los empleados de la empresa, dándose especial atención a directivos y mandos medios;
o)    Hacer cumplir todo lo planteado en este reglamento utilizando medidas adecuadas y rigiéndose a lo estipulado en las legislaciones vigentes a fin de no atentar con los derechos de los trabajadores;
p)    Facilitar al responsable de la seguridad y salud en los trabajadores que este realice inspecciones periódicas para ello se le dotara de todos los recursos que necesite en materia de instalación e instrumentos;
q)    Avisar de inmediato a las autoridades de control correspondientes del trabajo y al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), de los accidentes ocurridos en la empresa y enfermedades profesionales ocurridas en sus centros de trabajo debido a la actividad y dar una copia del documento al Comité de Seguridad y Salud de la Empresa;

Articulo 2 .- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

DERECHO DE LOS TRABAJADORES:

a)    Laborar en un área de trabajo que proporcione las condiciones adecuadas en materia de seguridad y salud en el trabajo, ser parte de programas de capacitación y adiestramiento en busca de su bienestar dentro de la empresa, para que puedan desarrollarse en un sitio adecuado de acuerdo con las condiciones físicas y psicológicas de cada trabajador.
b)    Los trabajadores dentro de la empresa deberán ser informados de cual suceso ocurrido dentro de ella que pueda afectar directa o indirectamente su bienestar, en complemento, los trabajadores deberán reportar cualquier anomalía presenciada en el área de trabajo que puedan ser un potencial peligro;
c)    Poseen el derecho de acudir a la autoridad competente para que esta realice las inspecciones correspondientes en materia de seguridad en el trabajo, siempre y cuando se presenten condiciones poco favorables para su bienestar en el puesto de trabajo que desempeñen;
d)    Los trabajadores no serán sancionados en caso de que realicen un paro en su actividad debido a condiciones desfavorables en el trabajo que presenten un peligro para su salud, caso contrario se tomaran las medidas correspondientes;
e)    En el caso de que se considere mediante evaluación de la salud del trabajador que la actividad que realiza tiene consecuencias graves para él, este tiene derecho a ser reubicado en otro puesto de trabajo que resguarde su condición, también tiene derecho a rehabilitaciones y reinserciones;
f)     Ser informados constantemente de  cualquier cambio o disposición que se adopte dentro de la empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo, ser formados de forma continua en métodos y procesos de protección de su bienestar;

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES PARA LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

a)    Deberán cumplir con todas las normas que se dictaminen en este reglamento y en cualquier otro documento que genere la empresa, además de las instrucciones de sus superiores jerárquicos directos en bienestar de la Seguridad de todos los empleados.
b)    Ser un apoyo constante para las obligaciones que forman parte del empleador;
c)    Deberán hacer uso adecuado de las maquinarias, herramientas e instalaciones no poniendo en peligro a su persona ni a los que lo rodeen, solamente deberán usar las herramientas y maquinas para las que han sido autorizados, en caso de verse en la necesidad de ello deberá informar a su superior directo y esperar su confirmación;
d)    Usaran los equipos de protección y seguridad en el trabajo en todo momento y según la actividad que estén realizando, a fin de resguardar su bienestar, asistirán a todas las reuniones y capacitaciones de Seguridad y Salud en el trabajo;
e)    Informaran de cualquier anomalía presenciada que pueda generar un problema de gran importancia a su superior jerárquico de forma oportuna;
f)     Ser parte importante y complementaria en los procesos de investigación de accidentes en el puesto de trabajo, darán testimonios verídicos de lo sucedido durante el accidente en cuestión a los encargados de esa actividad;
g)    Se someterán a los exámenes dictaminados por la empresa en los horarios establecidos, y seguirán a detalle cualquier recomendación dada por el encargado de la salud de los trabajadores;
h)   Participar en todos los programas de prevención de desastres y de contingencia siguiendo todas las normas establecidas a fin de que se realice esta actividad de forma adecuada;
i)     Esta rotundamente prohibido ingresar bebidas alcohólicas o alguna otra sustancia psicotrópica al centro de trabajo, además de asistir a trabajar bajo los efectos de las sustancias ya mencionadas;

Artículo 3.- PROHIBICIONES DE LOS EMPLEADORES


a)    Obligar a los trabajadores a laborar en situaciones que presenten un gran riesgo a la salud como es la presencia excesiva de polvo, sustancias químicas o algún otro factor que pueda perjudicar la salud sin tomar antes las medidas de prevención y control correspondientes;
b)    Permitir que los trabajadores realicen su actividad en su puesto de trabajo en estado de embriaguez o bajo los efectos de alguna otra sustancia psicotrópica;
c)    Hacer trabajar a los empleados sin los equipos de protección personal adecuados, ni el tipo de ropa acorde a su actividad;
d)    Permitir que todas las maquinarias de la empresa operen normalmente sin haber se realizado un control adecuado como es la utilización de guardas o dispositivos de seguridad, así como un mal mantenimiento;
e)    Dejar de lado el cumplimiento de las disposiciones sobre prevención de riesgos que emanen de la Ley, Reglamentos y las disposiciones de la Dirección de Seguridad y Salud del Ministerio de Relaciones Laborales o de Riesgos del Trabajo del IESS.
f)     Que se permita a los trabajadores realizar operaciones para las que no han sido capacitados ni adiestrados;

Artículo 4.- PROHIBICIONES PARA LOS TRABAJADORES


a)    Antes de realizar cualquier trabajo dentro de la empresa deben tener el adiestramiento adecuado y el permiso para realizarlo, no deben hacerlo si no se cumple lo anteriormente estipulado, esto también toma en cuenta el accionamiento, alteración, cambio o reparación de maquinaria o alguna herramienta;
b)    Ingresar al centro de trabajo con estado de embriaguez o con síntomas de otra sustancia que impida su normal desempeño en sus actividades;
c)    Fumar dentro de las instalaciones dentro del centro de trabajo fuera de los lugares determinados para ello, o encender fuego en sitios donde no es permitido hacerlo;
d)    Realizar cualquier actividad fuera de su actividad normal sin consentimiento de sus superiores, a esto intervienen juegos, riñas, discusiones, o cualquier actividad que pueda causar accidentes;
e)    Modificar o despojar de los mecanismos de protección de las maquinas, herramientas o instalaciones;
f)     No seguir las reglas de prevención de riesgos dispuestas en el centro de trabajo;
g)    Ingresar alimentos a áreas de taller o maquinado, los alimentos deben ser consumidos en el área determinado dentro de la empresa;
h)   Contestar llamadas al celular durante las horas de trabajo, en caso de que exista una razón externa importante comunicar a su jefe superior y el tomara las medidas adecuadas;

Artículo 5.- INCUMPLIMIENTO Y SANCIONES


a)    Se realizar una llamada de atención verbal cuando el trabajador no cumpla con una norma de seguridad, pero sin poner en riesgo su seguridad, de terceros o las instalaciones;
b)    En caso de que sea reincidente a incumplir las normas de seguridad dispuestas en el presente reglamento sin que haya puesto en riesgo su seguridad, terceros o las instalaciones; se realizara una llamada de atención escrita;
c)    En caso de proseguir con una actitud en contra de las normas de seguridad se le realizara una sanción monetaria con un valor del 10% de su salario diario unificado;
d)    En tal caso de que acumule 3 llamadas de atención escritas, se procederá a dar visto bueno y terminar el contrato laboral;

Articulo 6.- INCENTIVOS


a)    Se les darán bonos con un valor igual a un día de trabajo a las personas que contribuyan a la seguridad dentro del puesto de trabajo con ideas y soluciones a los problemas encontrados, a estos se le aumentan aquellos que comuniquen oportunamente alguna falla que genere consecuencias al bienestar de los trabajadores;

CAPITULO II

DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD


Articulo 7.- COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD


a)    El gerente de la empresa será el encargado de elegir a tres representantes por parte de los trabajadores cada año, y a los tres representantes suplentes que actuaran en caso de que los principales no pudieran;
b)     Los representantes por parte de los trabajadores serán escogidos a través de votaciones designadas a realizarse cada año, así también sean elegidos los suplentes;
c)    El presidente será elegido entre los miembros del comité y así como al secretario, tomando la siguiente condición: si el presidente es un representante por parte de los trabajadores, el secretario será representante de los empleadores, o viceversa;
d)    Las reuniones se las realizara cada mes y cada que ocurra una situación de seguridad y salud que lo amerite, como un accidente. Las sesiones serán realizadas en horas laborales;
e)    Las actas de constitución del comité serán comunicadas por escrito al Ministerio de Relaciones Laborales y al IESS, así como al empleador y a los representantes de los trabajadores. Igualmente se remitirá durante el mes de enero, un informe anual sobre los principales asuntos tratados en las sesiones del año anterior;

Artículo 8.- FUNCIONES DE LOS ORGANISMOS PARITARIOS

a)    Promover la observancia de las disposiciones sobre prevención de riesgos profesionales.
b)    Analizar y opinar sobre el Reglamento de Seguridad y Salud de la empresa, a tramitarse en el Ministerio de Relaciones Laborales. Así mismo, tendrá facultad para, de oficio o a petición de parte, sugerir o proponer reformas al Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la Empresa.
c)    Realizar la inspección general del edificio, instalaciones y equipos del centro de trabajo, recomendando la adopción de las medidas preventivas necesarias.
d)    Conocer los resultados de las investigaciones que realicen organismos especializados, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que se produzcan en la empresa.
e)    Realizar sesiones mensuales.
f)     Cooperar y realizar campañas de prevención de riesgos y procurar que todos los trabajadores reciban una formación adecuada en dicha materia.
g)    Analizar las condiciones de trabajo en la empresa y solicitar a sus directivos la adopción de medidas de Salud y Seguridad en el Trabajo.
h)   Vigilar el cumplimiento del presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.


Artículo 9.- UNIDAD DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

a)    La empresa FRANIRON S.A realiza una actividad calificada en el CIIU como de alto riesgo, pero al contar con un número inferior a 50 trabajadores no califica como obligatorio la creación de una unidad de seguridad y salud en el trabajo, pero se deja constancia que la empresa cuenta con un responsable de seguridad y salud en el trabajo con los conocimientos necesarios para realizar tal tarea;

Artículo 10.- SERVICIO MEDICO DE LA EMPRESA

a)    La empresa cuenta con un servicio de enfermería ubicado dentro de las instalaciones de la empresa, en este sitio se destinara a tratamientos de primeros auxilios y atención inmediata;
b)    Periódicamente la empresa contratara los servicios de un medico ocupacional para que este realice los exámenes pertinentes en cuestión de seguridad y salud, y la realización de la vigilancia de la salud, además de las investigaciones que le competan dentro de la empresa;

Articulo 11.- FUNCIONES DEL SERVICIO MEDICO DE LA EMPRESA

a)    Realizar las acciones correspondientes a fin de mejorar las condiciones de seguridad de los trabajadores en su puesto de trabajo a fin de aplicar los conocimientos científicos de profesionales a la adaptación de el trabajo a las condiciones y requerimientos del hombre, realizara tareas de prevención como primordial tarea y fomentara el cumplimiento de las normas del reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo dentro de la empresa;
b)    Higiene en el trabajo:
1.    Estudio de las condiciones ambientales presente en el centro de trabajo, para obtener y conservar los valores adecuados de ventilación, iluminación, temperatura y humedad, según lo determine la legislación vigente;
2.    Análisis y clasificación de los puestos de trabajo, para la conformación de profesiogramas óptimos por puesto de trabajo a utilizarse durante la selección de personal;
3.    Monitoreo y evaluación para el correcto mantenimiento de los servicios sanitarios dentro de la empresa, y la correcta eliminación de los desechos sólidos generados;
4.     Presentar de la información de las actividades realizadas en materia de seguridad y salud, a los organismos de control correspondientes;
c)    Estado de salude del trabajador
1.    Se realizara la vigilancia de la salud conforme a lo dispuesto a la ley cumpliendo lo siguiente:
·       Ficha médica de ingreso de los trabajadores;
·       Exámenes médicos preventivos de forma anual;
·       Exámenes especiales para aquellos trabajadores que realizan tareas de alto riesgo para su salud;
·       Transferencia medica al IESS en caso de accidentes graves que requieran de atención especial y más urgente, exámenes auxiliares de diagnostico;
·       Vacunación de trabajadores y sus familias para mantener la salud de los trabajadores ante cualquier posible epidemia;
·       Exámenes de reintegro al área laboral, y exámenes de retiro de la empresa;
d)    Riesgo de trabajo
1.    Investigar cualquier enfermedad producida por la actividad de la empresa;
2.    Presentar datos estadísticos de las enfermedades profesionales y accidentes ocurridos dentro de la empresa a los entes gubernamentales de control;

Artículo 12.- RESPONSABILIDAD DE MANDOS MEDIOS

a)    Trabajar para hacer cumplir todos los procedimientos adoptados en pos de la Seguridad y Salud de todos los trabajadores bajo su cargo corrigiendo inmediatamente cualquier situación, condición y/o acción que hayan sido identificada o informada por los trabajadores, que presenten inseguridad.
b)    Controlar que se utilicen los equipos de protección individual por parte de los trabajadores de acuerdo al área.
c)    Realizar reuniones colectivas o individuales de trabajadores a fin de instruir sobre los riesgos presentes dependiendo del puesto de trabajo y las medidas de prevención que se deben adoptar.
d)    Paralizar cualquier actividad a realizarse que advierta un riesgo inminente de accidente, en el caso de que los medios de seguridad para evitarlos no sean factibles. Se comunicara de forma inmediata al superior jerárquico, este asumirá toda la responsabilidad de la decisión que adopte.

CAPITULO III

DE LA PREVENCION DE RIESGOS EN POBLACIONES VULNERABLES


Articulo 13.- PREVENCION DE RIESGOS PARA MENORES DE EDAD


a)    Todo el personal contratado dentro de la empresa deberá poseer la mayoría de edad para poder laborar en las maquinas para el maquinado de herramienta, no se aceptaran personas menores de 18 años;
b)    Las horas de los trabajadores menores de edad mayores de 14 años laboraran 6 horas diarias, treinta a la semana, de tal manera que no intervenga con su educación;
c)    Antes de la incorporación de menores a laboral se debe realizar una evaluación de los riesgos a los que se verá expuesto, para por consiguiente realizar las adecuaciones correspondientes a fin de prevenirlos de cualquier peligro;
d)     Se deberá informar al padre, madre, representante o  tutor del menor sobre los riesgos a lo que estará expuesto, así como las medidas de prevención que se adoptaras para controlarlos;

Artículo 14.- PROTECCION A TRABAJADORAS EMBARAZADAS

a)    La empresa no contratara mujeres que se encuentren en estado embarazo, en el caso de que quede embarazada durante su contrato laboral se tomaran las medidas correspondientes para reducir los riesgos presentes en el área de trabajo, para ello se evaluaran los riesgos y se lo disminuirá al máximo posible, adaptando el lugar de trabajo o trasladándolo a un lugar adecuado hasta que termine su estado de lactancia y pueda retomar su puesto;
b)    Se sus derechos laborales a la trabajadora que se encontrase en este estado, conforme a lo dispuesto por la legislación vigente nacional;

Artículo 15.- PREVENCION DE RIESGOS PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

a)    Se garantizara la protección de las personas con discapacidades a fin de brindarles un área de trabajo acorde a su situación, para ello se deberá hacer una evaluación del puesto de trabajo con el objetivo de aplicar los controles de seguridad correspondientes que resguarden su condición previamente tomada en cuenta para la evaluación;

Artículo 16.- PRESTADORES DE ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA (guardianía, mantenimiento) Y CONTRATISTAS

a)    Los contratistas o prestadores de actividad complementaria deberán cumplir con la labor, estar afiliados al IESS y constar con un Reglamento Interno de Seguridad y Salud aprobado por el ente regulador o, el plan mínimo de prevención de riesgos para la obra a realizarse o el servicio a prestar.
b)    En el contrato se estipulara las normas que deberán seguir de acuerdo a lo estipulado en él y el reglamento interno o el plan mínimo de la empresa a prestar a servicio, además de que se apegaran a las supervisiones realizadas por FRANIRON S.A.
c)    FRANIRON S.A. garantiza resguardar el bienestar de los trabajadores de la empresa contratada con la misma magnitud que los propios trabajadores de la empresa;
d)    Solo se dispondrá el contrato de una empresa de servicio a la vez, debido a que el espacio de la empresa no amerita la suficiente comodidad para dos empresas de servicios trabajando simultáneamente;

Artículo 17.- PERSONAL EXTRANJERO

a)    Se garantiza a todo trabajador de nacionalidad extranjera a gozar de todos los derechos y obligaciones que la empresa aplique a sus empleados mediante el presente reglamento;
b)    La empresa no realizara la contratación de personas inmigrantes que no posean los papeles de migración en orden;

CAPITULO IV

DE LA PREVENCION DE RIESGO PROPIOS DE LA EMPRESA


Artículo 18.- RIESGOS FISICOS

1. DEL RUIDO

a)    La empres FRANIRON S.A. dispone como límite máximo de  sonido generado dentro de la empresa en 85 dB según las lecturas del sonómetro;
b)    En caso de que alguna maquina genere un sonido mayor al habitual parara su operación y se le dará el mantenimiento correspondiente para solventar el problema;
c)    Es obligatorio que todos los trabajadores utilicen las orejeras dentro de las horas de trabajo, cuando, debido a la actividad a realizarse no se pudiera disminuir el nivel de sonido producido sobrepasando los límites establecidos;
d)    Las oficinas de administración serán construidas de tal forma que aíslen el sonido exterior, y periódicamente se harán medidas del sonido dentro de las oficinas al fin de determinar si hay fallas en el aislamiento, y realizar el control correspondiente;
e)    Los visitantes que ingresen al centro de trabajo utilizaran obligatoriamente orejeras de protección auditiva;

2  DE LA ILUMINACION

a)    Todas las áreas de trabajo dentro de la empresa constaran de iluminación natural principalmente, en caso de que no sea factible esto se utilizara la iluminación artificial;
b)    En las áreas de torno se dotara de iluminación de 200 luxes verificando con la utilización de un luxómetro calibrado con certificado, se instalara esta capacidad tomando en cuenta los ángulos de sombra que puedan generarse, dejando una visión optima al trabajador en su actividad;
c)    En las oficinas se dotara de una iluminación de 300 luxes que facilite la contabilidad y la realización de cálculos, además de informes sin forzar la capacidad visual;
d)    La bodega de almacenaje de herramientas y otros materiales poseerá la iluminación suficiente para que se puedan visualizar todos los objetos dentro de ella;
e)    Se realizara la limpieza y el mantenimiento periódico de las piezas de iluminación a fin de que su efectividad de luminosidad no se vea afectada por el polvo y el tiempo;

3. DE LAS RADIACIONES NO IONIZANTES

a)    Los trabajadores que se vean expuestos de forma directa con la radiación ultravioleta generada por el proceso de soldadura realizado dentro del centro de trabajo deberán utilizar una mascarilla de protección visual con soporte en la cabeza;
b)    El área de soldado será provisto por una pantalla o cubierta que no permita que las radiaciones ultravioleta y la luz que genere los arcos afecte el correcto desempeño de los demás trabajadores;
c)    La vestimenta de los trabajadores para evitar las radiaciones será un overol de manga larga, mascara de soldar adecuado;
d)    Se verificara periódicamente el estado de los vidrios de las mascaras, en caso de algún tipo de deterioro será reemplazado inmediatamente por un nuevo vidrio;
e)    Los trabajadores expuestos directamente a este tipo de radiación serán capacitados sobre los peligro que genera la actividad y su control adecuado;

4. DE LA VENTILACION

a)    Las oficinas mantendrán una ventilación artificial a una velocidad del viento adecuada que no intervenga en la normal elaboración de sus tareas;
b)    En el área de soldado se utilizara la ventilación natural para el correcto despeje de los humos generados por el proceso, en caso de que las condiciones del tiempo no faculten la correcta eliminación de estos humos se deberá accionar la ventilación artificial ya prevista;

5. DE LA TEMPERATURA

a)    Se dotara al personal de overoles hechos con un material que permita mantener fresco el cuerpo y que no genere excesivo calor debido al clima y/o la actividad realizada;
b)    Todos los trabajadores operadores de maquinarias utilizaran obligatoriamente guantes durante su actividad u otra tarea que requiera contacto con materiales a temperaturas elevadas;
c)    La ventilación nombrada en el inciso anterior, será utilizada también para el mantenimiento de una temperatura entre 18 – 20 grados centígrados;

Artículo 19.- RIESGOS MECANICOS

1.  DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS

a)    Todas las instalaciones eléctricas serán empotradas con una tubería adecuada que al momento de un corto circuito no propague el fuego por ella;
b)    Se utilizaran las protecciones necesarias en las instalaciones eléctricas a fin de mantener un sitio seguro ante cualquier percance, para ello se utilizaran dispositivos de seguridad de acuerdo a la potencia con la que se trabaje;
c)    Se colocara candados en las cajas de distribución de la empresa, a la cual solo tendrán acceso personal autorizado, cualquier conexión de algún elemento que desee conectarse se la realizara con el previo consentimiento del jefe de seguridad;
d)    Las maquinas se mantendrán en buen estado en lo correspondiente a sus conexiones e instalaciones interiores, se colocaran conexiones a tierra además de dispositivos de seguridad que detengan cualquier anomalía que pueda presentarse;
e)    Se realizaran cálculos adecuados y métodos técnicos para determinar el grosor de los cables y la cantidad de dispositivos de seguridad a usarse, además de tener un control de la potencia suministrada a cada máquina y la cantidad de corriente;
f)     Realizar inspecciones periódicas de los estados de las instalaciones de la empresa;

3. DE LA OPERACIÓN DE MAQUINARIA

a)    Las maquinas solo podrán ser utilizadas por el personal autorizado y capacitado para tal actividad, cualquier persona que desee acercarse a las maquinas deberá tener permiso previo del superior jerárquico;
b)    En las maquinas donde la proyección de viruta es parte de su proceso de trabajo, se colocara principalmente de guardas de seguridad, en caso de que esto no sea posible, se le dotara a los trabajadores con este riesgo de gafas de protección visual adecuadas;
c)    Se deberá utilizar una vestimenta con mangas cortas para evitar atrapa miento entre las partes móviles de las maquinarias, en el caso de pulido se utilizara un buzo que proteja de la proyección de virutas a alta temperatura;
d)    El piso será señalizado para identificar el área de segura movilización y las áreas en las que solo personal con autorización pueden permanecer;
e)    Se deberá utilizar los equipos de protección personal en todo momento en el puesto de trabajo como: guantes, cascos, gafas de ser necesario, botas con punta de acero y overol adecuado para la actividad;
f)     El piso del centro de trabajo mantendrá una superficie que no posea imperfecciones, el material elegido para construcción será con características antideslizantes, y nivelada en todos los puntos de la empresa sin plataformas;
g)    Sera obligatorio el uso de guantes en todo momento, en especial cuando se maniobren materiales con salientes que puedan generar cortes o incrustaciones en el cuerpo;

4. DE LOS MANDADOS DE LA EMPRESA

a)    Cuando se realicen viajes fuera de la empresa durante las horas de trabajo se revisará totalmente el estado del vehículo con el objetivo de verificar que se encuentre en un estado optimo;
b)    A los encargados de realizar estos viajes, serán capacitados en el seguimiento de las normas de transito y en la responsabilidad social a fin de concientizar sobre los accidentes de tránsito;
c)    En caso de que el vehículo utilizado para la realización de mandados se encuentre en mal estado, este será mandado a reparación o en caso de que no sea factible aquello se deberá adquirir otro vehículo;

5. DEL EDIFICIO DE LA EMPRESA

a)    El piso de la empresa será nivelado a la misma altura en toda su extensión, se proveerá de un tipo de suelo que no genere deslizamientos;
b)    No se colgaran objetos encima de las áreas de transporte de personas ni serán colocados en la vía de movilización;
c)    Las paredes del edificio serán uniformemente enlucidas de un material que permita la fácil limpieza, no se presentaran irregularidades ni descasca ración de ella;
d)    Toda la empresa será señalizada adecuadamente colocando las vías segura de movilización hacia cada sitio de la empresa, y se seguirá las disposiciones de movilización, en caso de que no se cumpla aquello se realizara la sanción correspondiente de acuerdo a este reglamento;
e)    Las dimensiones de la oficina poseerán un volumen de acuerdo al número de trabajadores dentro de ella y del numero potencial de personas que podrían ingresar al mismo tiempo, para ello se deberá cumplir que por cada persona se tenga 6 metros cúbicos, para verificación del cumplimiento del volumen total de la oficina se le disminuirá el volumen ocupado por objetos;

6. DE LOS TRABAJOS EN ALTURA

a)    Se poseerá dentro del centro de trabajo un arnés destinado a ser utilizado durante actividades de limpieza a altura, además para cualquier actividad de mantenimiento de estructura o instalaciones eléctricas;
b)    Las escaleras que se dispondrán entre los recursos de la empresa FRANIRON S.A. serán las adecuadas para realizar las actividades para las que sean requeridas, para la verificación de esto se elegirá el tipo de escalera de acuerdo a lo señalado en el Decreto Ejecutivo 2393;
c)    Los trabajadores que vayan a realizar un trabajo a una altura mayor a 1.80 metros deberán someterse a unos exámenes que verifiquen que poseen las condiciones de salud adecuada;

Artículo 20.- RIESGOS QUIMICOS:

1. DEL ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUIMICOS

a)    Se proveerá dentro de la empresa un sitio con ventilación adecuada y alejada de los procesos realizados por los operadores en el taller, en el sitio se almacenaran los productos químicos que se utilicen en los procesos parte de la empresa;
b)    El jefe de taller será el encargado de verificar que todos los producto químicos utilizados sean de vueltos y colocados en el lugar adecuado dentro de la bodega, cualquier trabajador que no cumpla con esta disposición será sancionado de acuerdo  a lo estipulado en este reglamento  en lo correspondiente a sanciones;
c)    Solo podrán manipular los productos químicos las personas autorizadas para ello, se capacitara a los trabajadores sobre el correcto uso de cada químico e instruidos en su correcta utilización;
d)    Se adjuntara a los archivos de seguridad de la empresa las hojas MSDS de cada producto, el responsable de la seguridad y salud en el trabajo será el responsable de proporcionar a los trabajadores la información necesaria del producto;

2. DE LA PRESENCIA DE POLVO

a)    El centro de trabajo poseerá un sistema de aspersores de agua, con el fin de en horarios determinados asienten el polvo presente en el aire dentro de la empresa;
b)    Los encargados de la limpieza utilizaran mascarillas con filtro para polvo al realizar sus actividades, no se permitirá realizar limpieza que genere levantamiento de polvo durante las horas de trabajo;

3. DE LOS HUMOS GENERADOS EN EL PROCESO DE SOLDADURA

a)    Los trabajadores dedicados a actividades de soldado deberán tomar las medidas preventivas establecidas, como, mascarillas con filtro que permitan realizar su actividad;
b)    El área de soldado dentro del centro de trabajo poseerá la ventilación adecuada, además de extractores de aire que permitan la eliminación constante de los humos metálicos producidos;
c)    Los trabajadores que no posean los equipos de protección dispuestos por la empresa durante las horas laborales serán sancionados de acuerdo a lo dispuesto en este reglamento;
d)    El jefe de taller supervisara constantemente el buen estado de las mascarillas con filtro, y dispondrá el cambio en caso de que sea necesario;
e)    El jefe de seguridad creara un programa de equipos de protección personal que contemple un cambio periódico de las mascarillas utilizadas en el proceso de soldadura;

Artículo 21.- RIESGOS BIOLOGICOS:

1. DE LA LIMPIEZA EN EL CENTRO DE TRABAJO

a)    Los trabajadores estarán dotados de la ropa de trabajo adecuada proporcionada por la empresa de forma gratuita, además de los equipos de protección personal adecuados, como, mascarilla, guantes, entre otros;
b)    Se contratara servicios de eliminación de plagas dependiendo de los informes generados por el jefe de seguridad, determinando que existe la presencia de plagas que requieren ser eliminadas para resguardar el bienestar de los trabajadores;
c)    Se mantendrá el higiene de los servicios higiénicos en optimas condiciones todos los días; se capacitara a los trabajadores sobre el higiene personal y los hábitos que deben poseer para asegurar su bienestar;

Artículo 22.- RIESGOS ERGONOMICOS:

a)    Se dispondrá de capacitaciones sobre el correcto movimiento que deben realizar los trabajadores dentro su lugar de trabajo;
b)    Se realizara el mejoramiento de los lugares de trabajo de acuerdo a los requerimientos de los trabajadores tomando en cuenta sus condiciones físicas, el jefe de seguridad será el encargado de estudiar estos requerimientos;
c)    Se colocara en lugares relevantes dentro del centro de trabajo los métodos y procedimientos para realizar levantamientos de pesos, además de una tabla que sea de conocimiento de los trabajadores en la que se indique la cantidad de personas necesarias para levantar una cantidad de peso determinada;

Artículo 23.- RIESGOS PSICOSOCIALES

a)    Los trabajadores no laboraran horas extra dentro de la empresa en días ordinarios, los trabajadores que deseen realizar horas extras deberán tomar los días destinados a vacaciones, o fines de semana, bajo el horario normal de trabajo que según la legislaciones debe ser de 8 horas;
b)    Se realizara la gestión técnica, y de talento adecuada para que los trabajadores se sientan cómodos en sus puestos de trabajos, no se les dotara de una cantidad de trabajo que debido a su magnitud los obligue a mantener una tensión constante;
c)    Se prohíbe totalmente cualquier tipo de agresión verbal o física, entre trabajadores, de trabajador a superior, o de superior a trabajadores;
d)    Se determinara un tiempo de vacaciones de 15 días a todos los trabajadores que hayan cumplido un año de trabajo, según lo dispuesto en el Código de Trabajo;
e)    Todos los trabajadores serán contratados según la ley, no se podrá echar  a un trabajador intempestivamente, a no ser que incumpla con el reglamento de seguridad o cause algún daño a la propiedad, o cualquier otra actividad que perjudique a la empresa, a los trabajadores, y a el mismo;

CAPITULO V

DE LOS ACCIDENTES MAYORES


Artículo 24.- PREVENCION DE INCENDIOS NORMAS GENERALES

a)    Las paredes de los centros de trabajo serán construidas de hormigón, a fin de que en caso de combustión las llamas no se propaguen, las paredes serán construidas de tal forma que no se presenten aberturas en las paredes;
b)    Todo el edificio estará provisto de ventilación adecuada, además de tener una ventilación optima para el almacenamiento de líquidos inflamables. Se proveerá de arena la limpieza de derrames de líquidos inflamables.

Artículo 25.- ESTRUCTURAS DE LOS LOCALES

a)    El edificio será construido en su mayor parte de hormigón, las áreas donde no sea posible esto serán recubiertas del material adecuado dependiendo de la actividad que en ellas se realice;

Artículo 26.- DISTRIBUCIÓN INTERIOR DE LOCALES

a)    El área de soldado deberá poseer paredes cortafuego alrededor de toda su actividad, nadie podrá retirar estas paredes, solo personal autorizado bajo la supervisión del jefe de seguridad podrá realizar alguna actividad que contemple el estado de la pared;

Articulo 27.-  PASILLOS, CORREDORES, PUERTAS Y VENTANAS

a)    Las puertas de acceso al exterior permanecerán siempre abiertas y libres de cualquier objeto que presente un obstáculo al momento de salida y su apertura brindara facilidad a cualquier trabajador.
b)    A parte de la puerta principal se debe colocar una puerta del lado opuesto a esta con el fin de evacuar el área de  trabajo evitando así congestión o un trayecto demasiado largo, en estas puertas se colocara el rotulo "Salida de emergencia". 
c)    En locales con riesgos de incendio ningún puesto de trabajo tendrá una distancia mayor a 50 metros de una salida de emergencia.

Artículo 28.- PLANES DE EMERGENCIA

a)    Se establecerá mediante un exhaustivo análisis de riesgos generales de la empresa, una selección mediante estudio de las zonas seguras, rutas de escape, conformación de brigadas, coordinadores de emergencias, inventarios de equipos de atención, comunicación y combate, acercamiento con las entidades externas tales como la policía, bomberos, cruz roja, defensa civil y otros:
1.    Para el desarrollo del plan de emergencias adecuado, el personal estará capacitado para reaccionar ante un suceso, minimizando sus efectos y o consecuencias. Después de esto se tendrá un plan alterno para reactivar cualquier proceso productivo y/o administrativo después de la ocurrencia de cualquier acontecimiento; y,
2.    En el caso de presentarse desastres naturales como terremotos inundaciones, erupciones volcánicas, los trabajadores actuarán de acuerdo a los instructivos correspondientes.





CAPITULO VI

DE LA SEÑALIZACION DE SEGURIDAD


Artículo 29.- SEÑALIZACION

a)    La empresa FRANIRON S.A. dispondrá en todo el centro de trabajo la colocación de las señales de seguridad según lo dispuesto en la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN - ISO 3864-1, con el fin de informar a los trabajadores presentes en el área de trabajo donde se desempeñan y cuáles son las protecciones que deben adoptar;
b)    La señalización del centro de trabajo no reemplaza ninguna disposición reglamentaria de protección colectiva o individual, necesarias para la mitigación de riesgos profesionales, este proceso es complementario a cualquier norma presente en este reglamento;
c)    Las señales de seguridad deberán cumplir con las siguientes recomendaciones:
1.    Utilizar en su mayoría pictogramas, reduciendo al mínimo el uso de palabras o frases;
2.    Las señales deberán mantenerse en buen estado, para ello deberán ser lavables y resistentes al desgaste, en caso de que pierdan su calidad serán reemplazadas;

Artículo 30.- DESCRIPCION DE SEÑALIZACION

a)    El color de las señales de seguridad se explicaran a continuación y su significado, además de utilización:

SEÑALES DE PROHIBICION
Fondo blanco y barra inclinada de color rojo. El símbolo será de color negro, que estará en el centro de la señal por debajo de la franja roja.


SEÑALES DE OBLIGACION
Fondo azul. El símbolo serán blanco y ubicado en el centro de la señal, la franja blanca es opcional.

SEÑALES DE PREVENCION O ADVERTENCIA
Fondo amarillo, franja triangular de color negra. El símbolo será de color negro y estará ubicado en el centro de la señal, la franja amarilla no es obligatoria.
 
SEÑALES DE INFORMACION
Fondo verde. Símbolo o texto en color blanco y estará ubicado en el centro de la señal. La forma debe ser cuadrada o rectangular de un tamaño que permita alojar el símbolo y/o texto.






SIMBOLOS A UTILIZARSE EN LA EMPRESA FRANIRON S.A.

1.    Señales de prohibición

2.    Señales de obligación

3.    Señales de precaución

4.    Señales o equipos a usar en caso de incendio

5.    Señales de Información





 

CAPITULO VII

DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES


Artículo 30.- VIGILANCIA DE LA SALUD:

a)    La empresa FRANIRON S.A. realizara exámenes de pre-empleo, periódicos y de retiros, además de exámenes especiales a los trabajadores que trabajen en áreas de de alto riesgo gratuitamente;
b)    Los exámenes realizados serán llevados a cabo por un medico ocupacional registrado por el CONESUP, utilizando equipos apropiados y procedimientos técnicamente adecuados;
c)    Todos los exámenes llevados a cabo en la empresa serán gratuitos para los trabajadores, y en la medida de ser posible serán realizados durante las horas laborales;
d)    Los resultados obtenidos de los exámenes serán informados principalmente al trabajador dueño de esa información, luego bajo el consentimiento del trabajador será remitida la información al empleador;
e)    Se prohíbe expresamente divulgar los resultados médicos de los trabajadores, o que sean usados en su contra;




CAPITULO VIII

DEL REGISTRO E INVESTIGACION DE ACCIDENTES E INCIDENTES

Artículo 31.- INVESTIGACION DE ACCIDENTES:

a)    El responsable de seguridad y salud en el trabajo de la empresa FRANIRON S.A. llevara a cabo las investigaciones y análisis de  los accidentes, incidentes y enfermedades derivadas de alguna actividad en el trabajo, con el fin de identificar las causas que dieron origen al suceso;
b)    Se realizaran los controles necesarios para solventar cualquier riesgo que se haya obtenido de las investigaciones;
c)    Todo accidente será informado, investigado y comunicado de acuerdo con los procedimientos adoptados en FRANIRON S.A.
d)    Todos los datos serán archivados con el fin de realizar la entrega a el ministerio de trabajo de las estadísticas de accidentes e incidentes laborales según lo dictamina la ley;

Artículo 32.- OBJETIVO DE LA INVESTIGACION

a)    Establecer el derecho de las prestaciones del IESS  (Seguro General de Riesgo del Trabajo);
b)    Conocer los déficit presentes en la gestión de seguridad y salud en el trabajo por medio de la investigación de las causas que conllevaron al accidentes, además de las irregularidades que se hayan cometido durante el manejo y control del accidente suscitado;
c)    Definir y implantar los correctivos específicos para cada riesgo presenciado en el área de trabajo;
d)    Poder obtener datos más reales sobre las consecuencias que se generan en un puesto de trabajo dentro de la empresa FRANIRON S.A.;
e)    En el mes de Enero y así como en el mes de Julio, el  responsable de la seguridad y salud en el trabajo de la empresa FRANIRON S.A., y  el médico que lleva a cabo visitas periódicas, enviarán una copia que contengan los datos sobre los seis meses de la accidentabilidad y la morbilidad laboral al Ministerio de Trabajo y al IESS.

Artículo 33.- REGISTRO DE ACCIDENTE E INCIDENTES

a)    El jefe de seguridad como responsable de la seguridad dentro de la empresa será el designado para realizar los registros respectivos sobre los accidentes suscitados dentro de la empresa, y la estadística respectiva;

CAPITULO IX

DE LA INFORMACION Y CAPACITACION EN PREVENCION DE RIESGOS


Artículo 34.- INDUCCION FORMACION Y CAPACITACION

a)    Se proveerá a todos los trabajadores de las condiciones de seguridad y salud adecuadas, a fin de que estos puedan desarrollar sus actividades sin  ningún tiempo de riesgo evitable;
b)    Los trabajadores tienen derecho a ser informados, capacitados, y realizar cualquier tarea en la materia de Seguridad y Salud en el trabajo;
c)    Todo trabajador que ingrese a trabajar al centro de trabajo deberá pasar antes por un sistema de inducción en la materia de seguridad y salud en el trabajo, esto incluye empresas contratistas;
d)     La información y capacitación sobre la prevención de riesgos en el centro de trabajo, deberá centrarse primordialmente en:
1. Los factores de riesgos en el centro de trabajo.
2. Información sobre sucesos pasados y las medidas aprendidas para evitar su repetición.
3. Recomendaciones sugeridas después de ocurrido un accidente y análisis de simulacros planificados.
4. Educación en materia de la Salud.
e)     El responsable de Seguridad y salud en el trabajo, junto al médico, son los encargados de llevar a cabo los programas de capacitación e información dentro de la empresa en materia de seguridad ocupacional, vigilancia de la salud, seguridad industrial y o ambiental;

CAPITULO X

DE LOS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL


Artículo 35.- EQUIPOS DE PROTECCION Y ROPA DE TRABAJO

a)    El responsable de seguridad y salud en el trabajo será el encargado de realizar el estudio y poner los estándares sobre los equipos de protección personal que serán utilizados por los trabajadores dentro de la empresa;
b)    Se priorizara sobre todo la utilización de métodos de protección colectiva, en caso de que esta no sea una medida factible se procederá a cabo la utilización de métodos de protección individual;
c)    La entrega de los equipos de protección personal a cada trabajador se realizara de acuerdo a los procedimientos internos;
d)    Es obligación del trabajador usar todos los equipos de protección personal que se le hayan brindado, deberá resguardar el bienestar y calidad de los EPP’s, en caso de notar un desperfecto deberá comunicarlo a su superior jerárquico;
e)    La empresa dispondrá de programa de capacitación sobre los equipos de protección personal, además de mantener un stock adecuado para solventar cualquier daño de los EPP’s.

CAPITULO XI

DE LA GESTION AMBIENTAL


Artículo 36.- GESTION AMBIENTAL

a)    La empresa FRANIRON S.A. se compromete a brindar las condiciones de trabajo adecuadas, a fin de dar un ambiente de trabajo seguro, saludable y ambientalmente sostenible;
b)    Realizara mediciones periódicamente sobre la contaminación generada y la calidad del medio ambiente brindada a la comunidad del alrededor, tomara las medidas de control correspondientes para eliminar o reducir su impacto ambiental en caso de que no se cumplan con los estándares de la legislación nacional;
c)    La empresa gestionara junto a las entidades de control ambiental del país a fin de que se cumplan con todos los requerimientos necesarios en materia de desarrollo sostenible;

CAPITULO XII

DISPOSICIONES GENERALES O FINALES


a)    Se prohíbe expresamente que los trabajadores realicen actividades de celebración o agasajo dentro de las horas de trabajo, especialmente dentro de los talleres;
b)    Todos los visitantes que ingresen a la empresa FRANIRON S.A., deberán ser instruidos sobre las medidas de prevención que deben adoptar y se les entregaran los equipos de protección adecuados, en caso de que no acate lo dispuesto se procederá a su retiro de la empresa;
c)    Los visitantes siempre irán acompañados por un encargado que tenga conocimientos sobre seguridad;
d)    La empresa,  los trabajadores, así como contratistas deberán cumplir con las normas de seguridad establecidas en el Código de Trabajo, Decreto ejecutivo 333, Resolución c.d. 333, Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, Normas Técnicas INEN, Ley de seguridad social;
e)    El ingreso de materia prima, instrumentos, maquinas, productos químicos inflamables, será realizado durante horas inhábiles en las que no se realice ningún tipo de actividad de producción dentro del centro de trabajo;


CAPITULO XIII

DISPOCISIONES TRANSITORIAS


a)    Este reglamento entrara en vigencia luego de firma del Gerente de la empresa FRANIRON S.A y su respectiva aprobación, y registro por parte del Ministerio de Trabajo, y haber sido entregado a todos los trabajadores de la empresa;














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Ing. xxxxxxxxxxx                                                                      Ing. xxxxxxxxxx
Cod: 230196


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